Banca de desarrollo
Juan
Manuel Villasuso
La
necesidad de crear una banca de desarrollo en Costa Rica es un tema
del que se viene hablando desde hace varios años. Varias propuestas
han sido presentadas en la Asamblea Legislativa, con diferentes visiones
y alcances. Ahora reviven en el contexto de la llamada agenda complementaria
del TLC con Estados Unidos.
La
apertura del monopolio de los depósitos en cuenta corriente en
la década de 1990 modificó de manera sustancial la orientación
de los bancos comerciales del Estado. En la actualidad el desempeño
de estas instituciones se mide únicamente en términos
de rentabilidad y cada año se publica el monto de las utilidades.
Se considera que cuanto más elevadas sean estas, más exitosa
es la gestión.
Es
por ello que tanto desde el punto de vista económico como social
una banca de desarrollo constituye una necesidad para el país.
El argumento más importante refiere al financiamiento de proyectos
socialmente valiosos pero financieramente poco rentables.
De
acuerdo con el Banco Interamericano de Desarrollo, la ausencia de mercados
de capitales desarrollados que ofrezcan fuentes alternativas de recursos
y la exagerada aversión al riesgo de la banca comercial propicia
que muchos proyectos socialmente relevantes, pero con baja rentabilidad
privada, no obtengan los fondos necesarios para su ejecución.
Ahora
bien, el concepto de banca de desarrollo debe entenderse de manera adecuada
y no únicamente como un mecanismo para conceder crédito
a los pequeños productores o para otorgar tasas de interés
preferenciales y subsidiadas a determinados grupos o sectores económicos.
Una
banca de desarrollo bien entendida debe cumplir al menos tres requisitos.
Primero,
que los fondos de operación no provengan de los depósitos
del público. Eso introduciría distorsiones inconvenientes
en el sector financiero y obligaría a la aplicación de
regulaciones prudenciales que solo tienen validez cuando se trata de
negocios financieros. Otras fuentes de recursos, como las utilidades
de los bancos estatales, deben asignarse con ese propósito.
Segundo,
que los proyectos que financie tengan una alta rentabilidad social,
es decir, que contribuyan efectivamente al desarrollo. Esto conlleva
criterios de análisis y valoración diferentes a los que
normalmente se emplean en la banca comercial.
Tercero,
que sea eficiente y solvente, o sea, que tenga la capacidad de administrar
adecuadamente los factores de riesgo. Una banca de desarrollo solo será
sostenible en el tiempo si las pérdidas que pueda ocasionar el
financiamiento de proyectos de alto riesgo o de baja rentabilidad privada
se ven compensadas por las ganancias derivadas de otros proyectos exitosos.
En
consecuencia, resulta imprescindible examinar la viabilidad y sostenibilidad
de la banca de desarrollo, tomando en cuenta la realidad financiera
nacional e internacional, con el propósito de asegurar su vigencia
en el contexto de una nueva concepción y función de fomento.
Esto tiene que ver con la eficiencia institucional, los mecanismos de
control interno y de supervisión externa, así como las
modalidades de intermediación financiera.
En
particular, interesan las opciones y propuestas de una intervención
inteligente para corregir las fallas de los mercados, financiando actividades
vinculadas a la educación y la transmisión de conocimientos,
el desarrollo tecnológico y el impulso a la micro y pequeña
empresa.
(La
República)
Pa’eso
tenemos la mayoría
Juan Manuel Villasuso
El
respeto al “Estado de derecho” es considerado por la sociedad
costarricense como un bien que debe ser preservado con celo y devoción.
Se sustenta en el concepto de que el cumplimiento de las normas jurídicas,
que rigen tanto el comportamiento individual como la vida social, es
imprescindible para garantizar la convivencia pacífica entre
los miembros de la colectividad.
Esta valoración
del “Estado de derecho” que hacemos los costarricenses tiene
como referente nuestra propia trayectoria histórica: una trayectoria
democrática de respeto a los principios fundamentales de la democracia.
Sin embargo,
en otras latitudes y en otros tiempos, la obligación de acatar
el “Estado de derecho” ha sido una excusa para imponer la
voluntad de dictadores y regímenes totalitarios. La Alemania
nazi y la Unión Soviética construyeron marcos normativos
que fueron impuestos a los ciudadanos por la fuerza de la mayoría.
Es por
eso que la observancia de las leyes no puede verse disociada de las
formas y procedimientos empleados para construir, aprobar y hacer cumplir
esas normas.
Las leyes
no adquieren legitimidad democrática por la simple aplicación
del principio numérico de la mayoría. Si así fuera
¿para qué perder el tiempo con el debate parlamentario
si al final de cuentas la mayoría se va a imponer? Como dijo
hace algunos años un diputado costarricense, de cuyo nombre no
quiero acordarme, cuando lo acusaron de atropellar los procedimientos
para aprobar un proyecto de ley: “pa’eso tenemos la mayoría”.
Si solo
se tratara de conformar una mayoría ¿por qué criticar
entonces y calificar de antidemocrático a Hugo Chávez
si el congreso venezolano, por amplísima mayoría, aprueba
sus propuestas y le otorga poderes especiales para “realizar reformas
radicales que impulsen un sistema socialista en Venezuela”.
La democracia
no es únicamente un conjunto de reglas y procedimientos. La democracia
es, en esencia, respeto a las minorías y debate de ideas. Conlleva
concepción ética de la política.
Es por
ello que modificar procedimientos legislativos en forma casuística
con el fin de acortar los debates e imponer votaciones constituye un
abuso del poder de la mayoría y una trasgresión al derecho
de los diputados que se encuentran en minoría. Además,
forzar los procedimientos democráticos para responder a intereses
específicos y coyunturales es un pésimo precedente para
la vida republicana nacional.
Es por
ello que exigir que se respeten los procedimientos y las reglas parlamentarias
no puede calificarse, de ninguna manera, como obstruccionismo. Por el
contrario, debe verse como una resistencia legítima a las tentativas
de una mayoría por imponer su voluntad, silenciando las voces
de la oposición.
Hay valores
y principios superiores a los intereses coyunturales de una mayoría
legislativa. Ya lo hemos dicho, la democracia como régimen político
implica respeto a las minorías. Ese respeto conlleva el reconocimiento
del derecho a debatir y a disentir, que no debe coartarse de manera
arbitraria estableciendo plazos perentorios, muchas veces ridículos,
en los que no es posible articular ideas o planteamientos, o dejando
sin discutir mociones.
Si esos
intentos por restringir los espacios de deliberación parlamentaria
llegaran a materializarse estaríamos en presencia de una deslegitimación
de nuestro régimen jurídico de libertades y de un retroceso
democrático.
(La República)
Tomado de Tribuna
Democrática
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