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Banca de desarrollo

Juan Manuel Villasuso

La necesidad de crear una banca de desarrollo en Costa Rica es un tema del que se viene hablando desde hace varios años. Varias propuestas han sido presentadas en la Asamblea Legislativa, con diferentes visiones y alcances. Ahora reviven en el contexto de la llamada agenda complementaria del TLC con Estados Unidos.

La apertura del monopolio de los depósitos en cuenta corriente en la década de 1990 modificó de manera sustancial la orientación de los bancos comerciales del Estado. En la actualidad el desempeño de estas instituciones se mide únicamente en términos de rentabilidad y cada año se publica el monto de las utilidades. Se considera que cuanto más elevadas sean estas, más exitosa es la gestión.

Es por ello que tanto desde el punto de vista económico como social una banca de desarrollo constituye una necesidad para el país. El argumento más importante refiere al financiamiento de proyectos socialmente valiosos pero financieramente poco rentables.

De acuerdo con el Banco Interamericano de Desarrollo, la ausencia de mercados de capitales desarrollados que ofrezcan fuentes alternativas de recursos y la exagerada aversión al riesgo de la banca comercial propicia que muchos proyectos socialmente relevantes, pero con baja rentabilidad privada, no obtengan los fondos necesarios para su ejecución.

Ahora bien, el concepto de banca de desarrollo debe entenderse de manera adecuada y no únicamente como un mecanismo para conceder crédito a los pequeños productores o para otorgar tasas de interés preferenciales y subsidiadas a determinados grupos o sectores económicos.

Una banca de desarrollo bien entendida debe cumplir al menos tres requisitos.

Primero, que los fondos de operación no provengan de los depósitos del público. Eso introduciría distorsiones inconvenientes en el sector financiero y obligaría a la aplicación de regulaciones prudenciales que solo tienen validez cuando se trata de negocios financieros. Otras fuentes de recursos, como las utilidades de los bancos estatales, deben asignarse con ese propósito.

Segundo, que los proyectos que financie tengan una alta rentabilidad social, es decir, que contribuyan efectivamente al desarrollo. Esto conlleva criterios de análisis y valoración diferentes a los que normalmente se emplean en la banca comercial.

Tercero, que sea eficiente y solvente, o sea, que tenga la capacidad de administrar adecuadamente los factores de riesgo. Una banca de desarrollo solo será sostenible en el tiempo si las pérdidas que pueda ocasionar el financiamiento de proyectos de alto riesgo o de baja rentabilidad privada se ven compensadas por las ganancias derivadas de otros proyectos exitosos.

En consecuencia, resulta imprescindible examinar la viabilidad y sostenibilidad de la banca de desarrollo, tomando en cuenta la realidad financiera nacional e internacional, con el propósito de asegurar su vigencia en el contexto de una nueva concepción y función de fomento. Esto tiene que ver con la eficiencia institucional, los mecanismos de control interno y de supervisión externa, así como las modalidades de intermediación financiera.

En particular, interesan las opciones y propuestas de una intervención inteligente para corregir las fallas de los mercados, financiando actividades vinculadas a la educación y la transmisión de conocimientos, el desarrollo tecnológico y el impulso a la micro y pequeña empresa.

(La República)

Pa’eso tenemos la mayoría


Juan Manuel Villasuso

El respeto al “Estado de derecho” es considerado por la sociedad costarricense como un bien que debe ser preservado con celo y devoción. Se sustenta en el concepto de que el cumplimiento de las normas jurídicas, que rigen tanto el comportamiento individual como la vida social, es imprescindible para garantizar la convivencia pacífica entre los miembros de la colectividad.

Esta valoración del “Estado de derecho” que hacemos los costarricenses tiene como referente nuestra propia trayectoria histórica: una trayectoria democrática de respeto a los principios fundamentales de la democracia.

Sin embargo, en otras latitudes y en otros tiempos, la obligación de acatar el “Estado de derecho” ha sido una excusa para imponer la voluntad de dictadores y regímenes totalitarios. La Alemania nazi y la Unión Soviética construyeron marcos normativos que fueron impuestos a los ciudadanos por la fuerza de la mayoría.

Es por eso que la observancia de las leyes no puede verse disociada de las formas y procedimientos empleados para construir, aprobar y hacer cumplir esas normas.

Las leyes no adquieren legitimidad democrática por la simple aplicación del principio numérico de la mayoría. Si así fuera ¿para qué perder el tiempo con el debate parlamentario si al final de cuentas la mayoría se va a imponer? Como dijo hace algunos años un diputado costarricense, de cuyo nombre no quiero acordarme, cuando lo acusaron de atropellar los procedimientos para aprobar un proyecto de ley: “pa’eso tenemos la mayoría”.

Si solo se tratara de conformar una mayoría ¿por qué criticar entonces y calificar de antidemocrático a Hugo Chávez si el congreso venezolano, por amplísima mayoría, aprueba sus propuestas y le otorga poderes especiales para “realizar reformas radicales que impulsen un sistema socialista en Venezuela”.

La democracia no es únicamente un conjunto de reglas y procedimientos. La democracia es, en esencia, respeto a las minorías y debate de ideas. Conlleva concepción ética de la política.

Es por ello que modificar procedimientos legislativos en forma casuística con el fin de acortar los debates e imponer votaciones constituye un abuso del poder de la mayoría y una trasgresión al derecho de los diputados que se encuentran en minoría. Además, forzar los procedimientos democráticos para responder a intereses específicos y coyunturales es un pésimo precedente para la vida republicana nacional.

Es por ello que exigir que se respeten los procedimientos y las reglas parlamentarias no puede calificarse, de ninguna manera, como obstruccionismo. Por el contrario, debe verse como una resistencia legítima a las tentativas de una mayoría por imponer su voluntad, silenciando las voces de la oposición.

Hay valores y principios superiores a los intereses coyunturales de una mayoría legislativa. Ya lo hemos dicho, la democracia como régimen político implica respeto a las minorías. Ese respeto conlleva el reconocimiento del derecho a debatir y a disentir, que no debe coartarse de manera arbitraria estableciendo plazos perentorios, muchas veces ridículos, en los que no es posible articular ideas o planteamientos, o dejando sin discutir mociones.

Si esos intentos por restringir los espacios de deliberación parlamentaria llegaran a materializarse estaríamos en presencia de una deslegitimación de nuestro régimen jurídico de libertades y de un retroceso democrático.

(La República)

Tomado de Tribuna Democrática

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