Ampliación del territorio
soberano
Ocean. Guillermo
Quirós
Hemos
llegado a un momento trascendente en nuestra historia que nos ofrece
la Autoridad de los Suelos Marinos de las Naciones Unidas, donde tenemos
la oportunidad de ir más allá de la primigenia evolución
constitucional de 1975, para ampliar nuestra soberanía territorial
ocho veces, ganando por otro lado 60.000km2 adicionales de suelo patrio;
protegiendo por vía internacional las promisorias reservas naturales
que yacen en los suelos marinos allende de la Cordillera Cocos.
Tratándose
de soberanía y territorio, el país debe realizar todo
esfuerzo para concretar una jugosa y estratégica ampliación
en beneficio directo de nuestro pueblo.
Preámbulo
La revolución
científico-tecnológica del Siglo XX multiplicó
la capacidad de explotar espacios y recursos que constituían
otrora reservas mundiales; con ello creció el daño a los
ecosistemas y a las especies en todas las escalas naturales, producto
de una población que aumenta en progresión geométrica,
cuya saciedad se ve catalizada por el consumismo bárbaro que
pregonan los masivos medios publicitarios.
Una demanda de recursos
naturales tan creciente como la cantidad de habitantes a mediados del
siglo XXI, nos ofrece 15.000 millones de seres humanos devorando energía
y recursos naturales, alterando los océanos, aumentando el derretimiento
de los hielos polares y amenazando la estabilidad de las ciudades costeras.
Cambios radicales en la fauna y la flora y la posibilidad de alteraciones
en las corrientes marinas que inducirán el frío eterno
en vastas regiones europeas. Por ello se han iniciado ya las rivalidades
por los espacios marítimos y sus recursos, en las que se pondrán
en juego el desarrollo y el nivel de consumo de los países más
poderosos.
En materia oceánica
hasta unas décadas atrás los mayores conflictos se originaban
por las capturas pesqueras. Pero desde finales del siglo XX la búsqueda
y explotación de hidrocarburos en las plataformas submarinas,
asume un rol político-económico cada vez más intenso,
a medida que la oferta mundial tiende a comprometer una demanda sostenidamente
creciente. A los hidrocarburos se agregan hoy minerales estratégicos,
cuyas reservas en tierra firme se han ido agotando. Aun cuando la misma
navegación ha sufrido transformaciones con la aparición
de buques gigantescos, emerge una nueva realidad que es el océano
como fuente de recursos, en una variedad y riqueza que sobrepasa por
mucho al de las pesquerías. La humanidad del siglo XXI tiene
en los lechos marinos reservas minerales de gigantescas dimensiones,
capaces de cubrir la demanda durante varios siglos. Y por si esto fuera
poco, también ha comenzado a explotarse el agua misma del mar:
primero, para obtener productos disueltos en ella; segundo, como fuente
de energía; y tercero, para obtener agua desalinizada.
Valiosos minerales se hallan en los fondos marinos, donde los de mayor
interés son los nódulos polimetálicos, en los cuales
el manganeso se encuentra al 24%; hierro al 14%; silicio al 9%; entre
otros. Las exploraciones han comprobado que las mayores existencias
se encuentran en el Océano Pacífico, aunque están
esparcidos en todos los océanos. Se estima que estos nódulos
representan la mayor reserva mineral todavía inexplotada, suficiente
para satisfacer la demanda mundial por siglos, superiores miles de veces
a las reservas en los continentes. Por ello su importancia en el contexto
del Derecho del Mar.
Esta nueva realidad
ha desatado grandes energías políticas que provocan conflictos
diplomáticos y acuerdos a escala mundial. Pero un nuevo y decisivo
factor se ha hecho presente: la gran empresa, provista de capital, de
tecnologías avanzadas y de gran capacidad de planeamiento y de
ejecución, autosuficiente para explorar y explotar los recursos
del mar; empresas cuyos intereses no guardan relación con las
decisiones políticas de los países ribereños.
MORFOLOGÍA
Y NORMAS INTERNACIONALES
La plataforma continental
es la proyección submarina del continente, hasta las 100 brazas
de profundidad. Termina allí donde la pendiente del suelo inicia
un relieve más pronunciado que se llama talud continental. A
su vez al pie del talud el relieve es menos empinado pero muy irregular.
En este sector se acumulan los sedimentos que se han deslizado hasta
las profundidades a lo largo del talud. Más allá de la
plataforma continental con una constitución geológica
diferenciada, se encuentran los fondos marinos o praderas abisales,
con regiones llanas e irregulares, profundos cañones y verdaderas
cordilleras y volcanes.
El suelo marino
más valioso es la plataforma continental pues resulta más
fácil explotar su subsuelo al tener la misma geología
que el litoral continental, además tendrá los mismos recursos
minerales (importante sobre todo en litorales petrolíferos);
y siendo poco profunda, es accesible a los rayos solares que promueven
la vida submarina.
La Convención
del Derecho del Mar de Naciones Unidas desde el punto de vista de la
jurisdicción del estado marítimo sobre suelo y subsuelo
marinos, le asigna un espacio determinado por límites físicos,
geológicos y jurídicos. En su artículo 76 la Convención
establece que la plataforma continental de un estado ribereño
se extiende hasta el borde exterior del margen continental o bien hasta
una distancia de 200 millas náuticas contadas desde la línea
de base. Esto significa que cuando la plataforma continental es tan
angosta que finaliza geológicamente antes de las 200mn (Costa
Rica), la Convención aumenta la jurisdicción del estado
ribereño sobre suelo y subsuelo marinos hasta dicha distancia
de la línea de base. En los casos en que la plataforma continental
sea muy ancha y su margen continental se encuentre más allá
de las 200mn de las líneas de base (E.U.), la Convención
le otorga al Estado ribereño hasta donde llegue geológicamente
el margen continental pero sin sobrepasar las 350mn.
Acceso a las Riquezas
La distribución
de riqueza mineral en los fondos marinos del Planeta no se halla por
igual en todas direcciones. Acentúa su concentración en
áreas cercanas a la costa, esto es, en un radio de tan solo cientos
de millas náuticas allende, coincidiendo con la zona económica
exclusiva (ZEE) de los países ribereños. Por otro lado
los que se hallan en las grandes praderas oceánicas internacionales
han sido declarados patrimonio de la humanidad, por lo que apropiarse
de ellos es difícil al hallarse protegidos por la Autoridad de
los Fondos Marinos de N.U. La estrecha faja de 12 millas náuticas
o mar territorial por otro lado, es soberana en todo el Planeta. Así
que solo les queda a los países poderosos echarle la mano a la
ZEE en aquellos países cuya protección nacional es débil,
como en el caso de muchos países latinoamericanos incluyendo
Costa Rica. En particular la crisis de energía que se acentúa
día a día, hará que los valiosos recursos del suelo
y subsuelo sean garantía de desarrollo y bienestar para los pueblos
que posean derechos sobre ellos. Por tal motivo la ZEE se convertirá
en un área cada día más estratégica para
el desarrollo de los países ribereños.
NUESTRA
CONSTITUCIÓN
El artículo
6 constitucional consta de dos partes en su articulado:
-Un primer párrafo el cual refiere que “El Estado ejerce la soberanía
completa y exclusiva en el espacio aéreo de su territorio, en
sus aguas territoriales en una distancia de doce millas a partir de
la línea de bajamar a lo largo de sus costas, en su plataforma
continental y en su zócalo insular de acuerdo con los principios
del Derecho Internacional”.
La valoración
geográfica de este primer párrafo deduce que el territorio
soberano tiene una extensión tan solo de 58.730km2. Fiel reflejo
del uso de la preposición entre en la Carta Magna, consecuencia
de un principio de la Constitución de 1871 –génesis ancestral
de la actual- según la cual los mares no eran parte del territorio
soberano.
Resulta de interés
que:
1. El 98% de nuestros territorios oceánicos no son territorio
nacional.
2. Las aguas bajo soberanía absoluta solo se extienden hasta
12 millas de la costa.
3. La soberanía completa y exclusiva no aplica al suelo y subsuelo
marino.
4. Quienes aprobaron en 1949 nuestra Carta Magna no estaban pensando
en nuestros océanos como se conciben modernamente, lo hacían
creyendo que Costa Rica empieza y termina donde nuestros vecinos lo
hacen.
En 1975 se agregó
un texto trascendental y de filosofía diferente, en consonancia
con la Convención: Ejerce además (El Estado) una jurisdicción
especial sobre los mares adyacentes en su territorio en una extensión
de doscientas millas a partir de la misma línea, a fin de proteger,
conservar y explotar con exclusividad todos los recursos y riquezas
naturales existentes en las aguas, el suelo y el subsuelo de esas zonas,
de conformidad con aquellos principios.
Se trata de una
jurisdicción especial, no de Soberanía. Las zonas económicas
exclusivas (ZEE) se consideran dominios reservados económicamente
a los Estados y por ende la autoridad ejercida es puramente económica
(teoría moderna de derecho marítimo). Aquí la cuantificación
geográfica faculta 640.000km2 de los cuales solo el 9% es Soberano.
Por su parte el
art. 121 constitucional en armonía con los antiguos arts. 5 y
6 constitucionales, establece in contra sensu:
Podrán salir definitivamente del dominio del Estado:
a) Las fuerzas que puedan obtenerse de las aguas del dominio público
fuera del territorio nacional;
b) Los yacimientos de carbón, las fuentes y depósitos
de petróleo, y cualesquiera otras sustancias hidrocarburadas,
así como los depósitos de minerales radioactivos existentes
fuera del territorio nacional;
c) Los servicios inalámbricos.
En consecuencia solo se regulan ciertos recursos y fuerzas de las aguas
en el 9% del territorio. Y ni siquiera se mencionan las riquezas del
suelo y subsuelo más allá de las 12 millas náuticas.
La gran
Costa Rica
De acuerdo a nuestra
Constitución y a la Convención, Costa Rica es el país
más grande y con los mayores recursos naturales de América
Central: 51.000km2 de continente (8%) + 589.000km2 de mar (92%) = 640.000km2.
Unas tres veces la extensión total de Nicaragua y dos veces Honduras,
antes de 1975 los hermanos mayores de la Región
Ilustración
1.
Extensión real de los siete países de América Central,
según una versión del USGS/TNC.
Adaptación de G. Quirós.
En la cuantificación de estos territorios (Cuadro1)
se observa como Costa Rica aventaja por mucho la extensión territorial
de cualquiera de los otros países hermanos, gracias a la presencia
de la Isla del Coco en el Océano Pacífico (uno de los
once volcanes submarinos nuestros, ubicada en coordenadas geográficas:
5:31N-87:04O), a partir de la cual se extiende Costa Rica 200millas
náuticas adicionales (370km) desde ese punto, situado ya a 549
km de Puntarenas.
Cuadro
1. Extensión en km2 de los siete países de América
Central.
Fuente: elaboración propia.
| País |
Área
Continental |
Longitud
costas |
Extensión
caribe |
Extensión
Pacifico |
Total |
General |
Relación
con CR |
| Guatemala |
108.890 |
400 |
5.445 |
119.779 |
125.224 |
234.114 |
.37 |
| Belice |
22.966 |
386 |
22.966 |
0 |
22.966 |
45.932 |
.07 |
| Honduras |
112.492 |
820 |
213.735 |
5.625 |
219.359 |
331.851 |
.52 |
| El
Salvador |
21.041 |
307 |
0 |
63.123 |
63.123 |
84.164 |
.13 |
| Nicaragua |
129.494 |
910 |
38.848 |
32.374 |
71.222 |
200.716 |
.31 |
| Costa
Rica |
51.100 |
1.412 |
12.775 |
576.408 |
589.183 |
640.283 |
1.00 |
| Panamá |
78.200 |
2.490 |
140.760 |
140.760 |
281.520 |
359.720 |
.56 |
En nuestro
país la cobertura oceánica supera el 90% del territorio
y por ello la trascendencia de su identificación apropiada, sus
características reales, su referencia oficial por las dependencias
del Estado y la necesidad de modernizar nuestro sistema educativo, realzando
la variedad y riqueza de nuestros recursos marinos. Es a partir de los
años 50´s del siglo anterior cuando por interés
de aprovechar el atún de nuestras aguas, las universidades y
agencias federales norteamericanas y luego las francesas, inician la
investigación sistemática de nuestras riquezas marinas
y del piso oceánico asociado. Se invirtieron decenas de millones
de dólares anualmente para llevar a cabo investigaciones que
nuestro gobierno ni financió ni utilizó hasta ahora para
planificar el desarrollo nacional. Tal es la génesis de la información
base que permite hoy definir los rasgos sobresalientes de nuestro piso
oceánico (ilustración 2). Ellos son:
1. La gran planicie abisal del norte (color azul y café), la
cual cubre un área cercana a 185.215km2, o sea casi cuatro veces
el territorio nacional continental. Sobre esta superficie se produce
de forma permanente el exclusivo fenómeno de domización.
El cual a su vez ha generado enormes depósito de hidratos de
metano, un cristal 185 veces más energético que el gas
natural y que podría soportar las necesidades de energía
de América Central por 350 años.
2. La Trinchera
Mesoamericana que se origina en el
sur de México y corre paralela al litoral Pacífico de
América Central hasta la altura de Quepos. En nuestro territorio
forma un cañón submarino angosto de 18km de ancho y 360km
de largo, alcanzando los 4500m de profundidad. Las paredes orientales
constituyen el talud continental, donde los sedimentos depositados por
cientos de años tienen el potencial de generar maremotos sobre
las ciudades costeras.
3. La Cordillera
Cocos, la mayor y más alta del país, con al menos 15 montañas
submarinas, dos grandes mesetas y varios cañones importantes.
Tiene una extensión de 950km sobre el territorio nacional y un
ancho medio de 270km, algo mayor que en el territorio continental. Prospecciones
preliminares indican amplios yacimientos de gas natural y vastas reservas
de minerales valiosos y petróleo. Dentro de ellos el gas natural
es un elemento estratégico, pues representa el equivalente de
suplir las necesidades de energía de Alemania por 15 años
–tal como afirmaron científicos alemanes de la GTZ en la prospección
llevada a cabo entre 1996 y 2005-.
4. La plataforma
continental frente a la península de Nicoya de unos 12.000 km2
de área, pletórica de nódulos polimetálicos,
fundamentales en la industria moderna.
5. Reservas
de energía mareomotriz en sitios privilegiados hacia la boca
del golfo de Nicoya, indican un potencial entre 25 y 50 megavatios de
potencia, incorporables al sistema nacional interconectado de energía
eléctrica, generando empleo directo para unas 1200 personas en
áreas costeras deprimidas socialmente.
6. Altos
potenciales de energía eléctrica por diferenciales térmicos
se establecen entre los cañones de la Trinchera Mesoamericana
y la plataforma continental, a tan solo 15mn del litoral. Agreguemos
a ello el potencial de un oleaje severo, que alcanza frecuentemente
entre 8 y 12 pies de altura en varios sitios abiertos del litoral pacífico,
que bien podrían generar la energía que requieren los
modernos complejos turísticos en sus fronteras.
La extensión
y variedad morfológica de nuestro territorio, nos muestra que
La Educación ha fallado en la enseñanza de la correcta
y verdadera geografía física en que se asienta nuestra
identidad territorial. Por décadas hemos enseñado en el
aula gran falacia: Costa Rica es un país pequeño, de tan
solo 51.100km2. En contraposición nuestro art.6 constitucional
nos muestra una realidad diferente, cuya expresión geográfica
habíamos ignorado. Resulta provechoso ante tal realidad hacer
el ejercicio de comparar la extensión continental con la extensión
oceánica, medir el ancho de la cordillera submarina y compararla
con la cordillera Volcánica Central, observar la profundidad
extrema de la Trinchera frente de choque de las placas Coco y Caribe,
comparar el ancho variable de la plataforma continental sobre ambos
litorales… para asimilar nuestro verdadero territorio.
Ilustración
2.
Verdadero mapa físico de Costa Rica. De color blanco profundidades
menores de 700m, rojizo las profundidades menores de 2000m. De color
amarillo entre 4500 y 2000m. De color azulado mayores de 4500m. Observe
la posición estratégica de la isla del Coco, ubicada justamente
en la dorsal principal de la cordillera –flecha-. Fuente NASA. Adaptación
de G. Quirós.
Mayo
2009: OPORTUNIDAD DE ORO
La Convención
establece en su art.4. Anexo II: El Estado ribereño que se proponga
establecer, de conformidad con el art.76 el límite exterior de
su plataforma continental más allá de 200 millas marinas
presentará a la Comisión las características de
ese límite junto con información científica y técnica
de apoyo lo antes posible, y en todo caso dentro de los 10 años
siguientes a la entrada en vigor de esta Convención respecto
de ese Estado.
Costa Rica firmó la Convención en 1992 y hasta el año
2002 nunca gestionó –sencillamente por miopía política
y cívica- la ampliación de su territorio y soberanía.
No obstante ante la presión internacional de países poderosos,
recientemente la Autoridad de Fondos Marinos de N.U. ha otorgado a países
como el nuestro, la oportunidad trascendente de que antes de mayo del
2009 tenemos de nuevo la oportunidad de reclamar tal ampliación.
De hecho hay países como Australia, Noruega y Rusia, entre otros;
que lo han hecho recientemente ante la oportunidad que representa esta
opción. En América Latina además tienen buena oportunidad
Ecuador, Colombia y Chile.
Razones
científicas para nuestra gestión nacional
La Convención establece en su art.76: La plataforma
continental de un Estado ribereño comprende el lecho y el subsuelo
de las áreas submarinas que se extienden más allá
de su mar territorial y a todo lo largo de la prolongación natural
de su territorio hasta el borde exterior del margen continental, o bien
hasta una distancia de 200 millas marinas contadas desde las líneas
de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial,
en los casos en fue el borde exterior del margen continental no llegue
a esa distancia.
1. Originalmente en la génesis de la modificación
constitucional de 1975, solo se consideró el segundo párrafo
de este artículo y se obvió el concepto de margen continental
ampliado, el cual define bien el inciso 3 del mismo artículo3:
El margen continental comprende la prolongación sumergida de
la masa continental del Estado ribereño y está constituido
por el lecho y el subsuelo de la plataforma, el talud y la emersión
continental.
Geológicamente Costa Rica y la Cordillera Cocos
emergieron al mismo tiempo; y por lo tanto la segunda puede ser considerada
parte integral del territorio continental. O sea es parte de la aludida
emersión continental. Ello nos da plenitud del derecho sobre
esos territorios.
2. Al proclamar
nuestra Constitución (art.5) que la Isla del Coco es parte del
territorio nacional, se le puede atribuir a los territorios aledaños
a la isla, la misma categoría de emersión continental.
Es decir, suponga que nuestro país estuviera constituido solo
por un conjunto de islas y una de ellas la Isla del Coco. Entonces se
aplicaría sin mucha duda lo que reclama el Reino Unido o Australia,
no habría duda de su solidez como parte integral del estado ribereño.
Del
método de cálculo
La misma
Convención establece los métodos de cálculo aplicables
para establecer la extensión del margen continental. Veamos:
1. Art.76.4. Para los efectos de esta Convención, el Estado ribereño
establecerá el borde exterior del margen continental, dondequiera
que el margen se extienda más allá de 200 millas marinas
contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide
la anchura del mar territorial, inciso c: Salvo prueba en contrario,
el pie del talud continental se determinará como el punto de
máximo cambio de gradiente en su base.
Y máximo gradiente es el máximo cambio vertical de profundidad
por distancia horizontal. Corresponde a la región indicada por
flechas en la ilustración 3 para nuestra emersión continental
(Cordillera Cocos).
Ilustración
3. Un sector del fondo marino aledaño a la Isla del Coco, la
cual aparece de color rojo intenso.
Las flechas indican el pie del talud continental para dos segmentos
del borde de la Cordillera Cocos.
La isóbata de 2500m se halla donde inicia el azul.
2. Art.
76.5. Los puntos fijos que constituyen la línea del límite
exterior de la plataforma continental en el lecho del mar, trazada de
conformidad con los incisos del párrafo 4, deberán estar
situados a una distancia que no exceda de 350 millas marinas contadas
desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura
del mar territorial o de 100 millas marinas contadas desde la isóbata
de 2.500 metros, que es una línea que une profundidades de 2.500
metros.
Los incisos
4 y 5 de este artículo 76, nos ofrecen dos alternativas totalmente
complementarias, las mejores para nuestros intereses, para extender
nuestro territorio marino y nuestra soberanía, a partir de territorios
internacionales libres de disputa. A saber:
a. Se traza primero la isóbata de 2500m de profundidad a todo
lo largo de la Cordillera Cocos y de allí se extiende la plataforma
mediante líneas rectas paralelas distantes 100mn mar afuera.
O bien en áreas donde mejor nos resulte;
b. Se calcula el máximo gradiente de los fondos marinos a lo
largo de toda la Cordillera y luego se traza una línea paralela
y distante 350mn mar afuera.
Consecuencias
La Convención
establece: Art.76.8-El Estado ribereño presentará información
sobre los límites de la plataforma continental más allá
de las 200 millas marinas a la Comisión de Límites de
la Plataforma Continental, establecida de conformidad con el Anexo II
sobre la base de una representación geográfica equitativa.
La Comisión hará recomendaciones a los Estados ribereños
sobre las cuestiones relacionadas con la determinación de los
límites exteriores de su plataforma continental. Los límites
de la plataforma que determine un Estado ribereño tomando como
base tales recomendaciones serán definitivos y obligatorios.
Por lo
tanto esta gestión internacional que debe llevar a cabo nuestra
Cancillería, nos dará un nuevo territorio que se extenderá
hasta unos 700.000km2 de superficie y una nueva soberanía sobre
territorios marinos de hasta 400.000km2, donde tendremos plenitud de
derechos, sin necesidad de modificar la Constitución Política,
ni de enviar leyes y reformas a nuestra Asamblea Legislativa.
Por tal motivo, las organizaciones sociales y los costarricenses que
amamos nuestra Patria y deseamos lo mejor para nuestros hijos, debemos
unir filas y presionar a los poderes de la República para que
defiendan nuestros genuinos intereses patrios.
Ilustración
4.
Fondos marinos de Costa Rica, Panamá, Colombia y Ecuador. Los
colores indican diversas profundidades: rojizos áreas someras
–menores de 1000m-, azules áreas de mayor profundidad –mayores
de 3500m. La línea negra es la isóbata de los 2500m de
profundidad. Los círculos indican las áreas internacionales
sin dueño, de las cuales puede apropiarse Costa Rica antes de
mayo del 2009. Fuente NASA. Adaptación G. Quirós.